lunes, 11 de septiembre de 2017

Policía interviene discoteca por infracción a Ley 259

Radio Patrullas 110, a cargo del comandante de la unidad mayor Nelson Ayala, realizó ayer la intervención de la Discoteca Cacao, ubicado en la plaza Triangular de la urbe paceña, donde la venta de bebidas alcohólicas se prolongó hasta las 7.00 horas.

El artículo 17 de la Ley 259 de control al expendio de bebidas alcohólicas señala que se prohíbe el expendio y consumo a partir de las 03.00 am hasta las 09.00 am en establecimientos de acceso público y clubes privados. En ese marco, la policía arrestó a 42 personas entre varones y mujeres, quienes fueron remitidos a la Estación Policial Integral de la Pando.

“Estas personas han sido conducidos a la Pando por infringir la Ley 259, referido a exceder el horario de consumo de bebidas alcohólicas. Al interior de la discoteca Cacao continuaban los parroquianos consumiendo bebidas alcohólicas, razón por la que se determinó el arresto de ellos hasta que cumplan las ocho horas, como señala la norma”, explicó el suboficial primero Florencio Macuchapi.

INDIFERENCIA MUNICIPAL

De acuerdo con la norma, el municipio es la instancia que debe controlar el funcionamiento de estos locales y la clausura de los mismos en caso de haber vulnerado la Ley 259.

A decir de los vecinos de la zona, la falta de coordinación entre el municipio y la Policía deja al libre albedrío el accionar de los propietarios de estos lugares, que como en el caso ocurrido ayer donde la Patrulla 110 procedió al arresto de los culpables, debido a la indiferencia de la Intendencia Municipal no se procedió a la clausura del mismo ni recibió amonestación alguna.

“Radio Patrullas 110 realizó llamadas insistentes al municipio a la central, pese a ello no fue atendido por la intendencia municipal, ni por ninguna otra instancia”, explicó el suboficial Macuchapi.

En tanto, la responsable de la Intendencia Municipal, Paola Valdenasi, señaló que se enteraron de la intervención policial una hora después que se detuvo a las 42 personas.

“Hemos acudido a los 10 minutos de haber recibido la llamada (…), nosotros hemos recibido el informe de la intervención después de una hora, nos indicó que solicitaban nuestra presencia, enviamos al personal pero llegaron cuando ya fueron trasladados las personas y estaba cerrado la actividad económica”, explicó.

NO ES PRUEBA

Para Valdenasi, la detención de las 42 personas incluido el administrador del local por haber infringido la norma, no constituye prueba suficiente para la clausura, por lo que la Intendencia espera que Radio Patrullas envíe los informes, para comprobar la vulneración de la Ley 259 por parte de los administradores de la discoteca Cacao.

“Yo tengo que saber que la actividad cuenta o no con la licencia de funcionamiento, en caso de atender pasada las 03.00 como señala la norma”, dijo.

La Intendencia Municipal debería iniciar el proceso sancionatorio y en 15 días definir la clausura de la discoteca Cacao, pero bajo el justificativo de que la Intendencia llegó cuando se produjo el arresto y cierre del local, podría permitir que esta discoteca siga funcionando.

La instancia policial lamentó que el municipio, mediante su instancia operativa, no coordine intervenciones a discotecas, bares y cantinas y tampoco responda a la solicitud de apoyo realizada por algunas unidades como el caso de Radio Patrullas 110, permitiendo de esta manera que dichas actividades nocturnas de consumo de bebidas alcohólicas vulneren la Ley 259 y logre ofrecer condiciones para los casos de inseguridad ciudadana.

LEY Nº 259: LEY DE CONTROL AL EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Artículo 26. (SANCIONES AL INCUMPLIMIENTO DEL HORARIO DE EXPENDIO DE BEBIDAS

ALCOHÓLICAS).

I. Las personas naturales y jurídicas que incumplan el horario de expendio de bebidas alcohólicas, establecido en la presente Ley, serán sancionadas con un mínimo de 2.000.- UFVs de multa de acuerdo a los parámetros establecidos por los Gobiernos Autónomos Municipales y la clausura temporal de 10 días continuos.

II. En caso de reincidencia se aplicará la sanción de clausura definitiva del establecimiento.

III. El incumplimiento flagrante a la clausura definitiva del establecimiento impuesto por los Gobiernos Autónomos Municipales, se entenderá como contravención por desobediencia a la autoridad, debiendo la Policía Boliviana proceder al inmediato arresto, hasta de ocho horas, del propietario del establecimiento.

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