sábado, 9 de enero de 2016

Por ley, locales de comida rápida deben incluir menús saludables



Todos los establecimientos de expendio de comida rápida están obligados a ofrecer alternativas saludables, determina la Ley 775 de Promoción de Alimentos Saludables. La norma, promulgada ayer por el Presidente, también establece que las empresas fomenten el ejercicio físico en sus trabajadores.

La ministra de Salud, Ariana Campero, afirmó que con esta disposición se estimulará al empresario privado para generar ofertas de alimentos saludables. "La situación actual es preocupante; cuando uno va a la calle, sólo encuentra comida chatarra y eso genera males como el cáncer”, aseguró.

El artículo 13 de la norma indica que los establecimientos de expendio de comida "deberán ofrecer con prioridad alimentos saludables” y brindar agua natural sin costo. También están obligados a limitar la disponibilidad de sal, a menos que los comensales la pidan expresamente.

La responsable de Promoción del Ministerio de Salud, Natividad Choque, explicó que en adelante los locales de comida rápida o "chatarra” están obligados a ofrecer "una alternativa de alimentos saludable, como ensaladas, frutas y otros”.

Los restaurantes también deberán limitar la reutilización de aceites en las frituras e incluir en su menú mensajes que promuevan la alimentación saludable.

Los municipios serán los encargados de regular la venta de alimentos en el ámbito público y privado. "Ellos tienen sus normas para las faltas en el expendio de alimentos, ahora sólo deberán adecuarlas”, dijo Choque.

El responsable de la Unidad de Alimentación del Ministerio de Salud, Yecid Humacayo, remarcó que la ley no busca prohibir la venta de alimentos. Su objetivo es ampliar el abanico de ofertas de comida saludable.

La primera disposición transitoria de la ley establece que los propietarios o administradores de quioscos o comedores y las empresas de alimentos tienen un plazo de un año, hasta enero de 2017, para adecuarse a la norma.

La ley fue promulgada ayer por Evo Morales en un acto en Palacio de Gobierno. El Presidente remarcó la importancia de la norma porque busca "establecer lineamientos y mecanismos para promover hábitos alimenticios saludables, para prevenir enfermedades crónicas relacionadas a la alimentación”.

"Las personas somos lo que comemos”, reflexionó tras el acto la ministra Campero. Recalcó que en Bolivia el 50% de las mujeres en edad fértil presenta sobrepeso u obesidad, el 8,5% de niños menores de cinco años es obeso y que 84.701 bolivianos fueron diagnosticados con diabetes tipo 2 en 2014.

Ejercicios en el trabajo

El parágrafo II del artículo nueve de la ley instruye que todas las instituciones físicas y privadas deben fomentar la práctica de la actividad física en su personal. Los encargados de promover la práctica física son los ministerios de Salud, Trabajo, Comunicación y Educación.


Humacayo explicó que la reglamentación de la norma -que prevé que saldrá en 180 días- establecerá si el tiempo que se dispondrá para ejercicio en el trabajo será diario o semanal, pero resaltó que una persona debe hacer ejercicios al menos 30 minutos cada día. "Eso para evitar el sedentarismo y la consecuente obesidad”, apuntó.

Empresas tienen un año para colocar etiquetado

Las empresas nacionales o internacionales de alimentos o bebidas no alcohólicas procesadas deberán colocar un etiquetado "como semáforo”, que alerte sobre los niveles de grasas saturadas, azúcar añadida y sodio hasta enero de 2017 en envases no retornables. En los retornables el plazo es de tres años, indica la Ley de
Alimentos Saludables promulgada ayer.

La norma establece que en todo alimento o bebida no alcohólica procesada esa información será consignada de forma horizontal en el panel principal del envase, de preferencia en el extremo superior izquierdo.

Una barra de color rojo está asignada para los componentes de alto contenido y tendrá la frase "Muy Alto en...”; la amarilla para la mediana concentración con el texto "Medio en...” y la verde para bajos contenidos.

Además, los productos que contengan grasas "trans” tendrán un triángulo con la leyenda "contiene grasas trans” con letras legibles y en colores contrastantes al fondo del envase.

La norma también regula la publicidad de esos productos. Con la disposición se asegura la veracidad -en cuanto a características, atributos, sabor, color, tamaño, contenido, peso y propiedades nutricionales- para proteger a la población de la publicidad engañosa, en especial a los menores de 18 años.

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