lunes, 22 de mayo de 2017

Cobro obligatorio de la propina aumenta en restaurantes del país



El cobro obligatorio de la propina y la inclusión de ésta en la factura es una práctica que va creciendo en el sector gastronómico del país. El Ejecutivo alertó que la acción es ilegal si el cliente no está de acuerdo con ella y perfila una norma para regular esta cobranza.

La propina es un pago adicional que puede o no realizar un cliente por un servicio recibido. En algunos países, la gratificación, que se calcula sobre el precio absoluto de lo consumido, está regulada y puede representar hasta el 25% del monto total facturado.

“Nunca había visto que en un restaurante cobren el 10% por lo que uno consume, es muy osado y de mal gusto. Su deber como restaurante es dar atención a sus clientes”, escribió a modo de protesta Ander Vaca en la cuenta de la red social Facebook de un negocio gastronómico cruceño.

De acuerdo con el sondeo realizado por este medio, esta práctica se realiza principalmente en comercios de alta gama.

“Algunos restaurantes tienen esa metodología” de cobro como parte de sus servicios, “pero la mayoría no”, admitió Vivian Cardona, presidenta de la Asociación de Empresarios de Restaurantes y Ramas Afines de Cochabamba.

En La Paz, entre los negocios que ya aplican esta modalidad está Margarita, cuyo personal informa a los clientes sobre el cobro obligatorio de la gratificación.

Los grupos de más de 10 personas “deben pagar el 10% por el servicio del mesero”, confirmó vía telefónica la encargada de reservas del restaurante.

Atención. Marcelo Alves, asistente de gerencia de Goss en Santa Cruz, reconoció que el establecimiento, al igual que otros de la ciudad, efectúa este cobro.

“Hemos estado entre los primeros” en incluir la propina —en este caso del 10%— en la factura.

“El 10% te sale barato” respecto a otros porcentajes que se manejan en otros países. Al principio fue difícil acostumbrar” a los clientes a esta práctica, agregó.

El viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor, Guillermo Mendoza, informó que su despacho no recibió hasta el momento reclamos formales sobre este cobro. No obstante, continuó, tiene conocimiento de que algunos comercios cobran la gratificación de forma obligatoria y que su equipo comenzó a revisar cómo se regula esta práctica en otros países.

No obstante, agregó, en los casos mencionados hay que apegarse al artículo 23 de la Ley General de los Derechos de los Usuarios y los Consumidores (453). La norma sanciona, entre otras “prácticas comerciales abusivas”, el “cobro por productos y servicios no provistos o no solicitados”.

“Esto quiere decir”, explicó la autoridad, “que el cobro (obligatorio de la propina) tiene que ser informado al usuario antes de la prestación del servicio, estableciendo las causas por la cuales (el cliente) debería pagar por la atención del personal” del negocio.

“Si un establecimiento informa” al consumidor “que hay una propina del 10% y el usuario acepta esas condiciones”, eso “podría entrar dentro del consentimiento. Pero que le incluyan” el pago extra “en la factura” al final del servicio “sin haberle informado, es una práctica abusiva y también ilegal”, aseveró el viceministro.

“Nosotros a partir de esta nota (de La Razón) esperaremos reclamos para poder aplicar nuestras disposiciones y posiblemente generar algunas normativas que ya pudieran estar en conocimiento de proveedores y usuarios de estos servicios”, anunció.

“Sobrecargar una tarifa al cliente no nos parece correcto, dado que a algunos apenas les alcanza para pagar la cuenta”, dijo a su vez Cardona, quien indicó además que, a diferencia de otros años, el sector no pasa por un buen momento debido a la desaceleración de la economía.

Datos del Ministerio de Economía y Finanzas dan cuenta que la facturación nacional en restaurantes se multiplicó por 10 en el periodo 2005-2015, pasando de $us 67 millones a 708 millones.

Gabriela Durán, comunicadora de profesión, comentó que conoce establecimientos en la capital cruceña que incluyen este cobro en la factura. “Me parece bien que facturen ese 10%, pero nada me asegura que ese porcentaje vaya directamente a la propina, como aseguran”, afirmó.

“La propina es para el trabajador y se da en función de la atención” que pueda recibir el cliente, indicó a su vez Cardona.

“Es un ingreso más para el personal, un incentivo, porque entre más vendan más propina tendrán. Por semana sacan entre Bs 300 y 400 y llega a todo el personal”, informó el asistente de gerencia del restaurante Goss.

Esteban Alfaro, casual visitante de estos lugares, lamentó que “muchas veces” se obligue a “dar propina por una mala atención”.

Mendoza recordó que los clientes que hayan pagado el cobro irregular y que no hayan estado de acuerdo con éste pueden presentar su reclamo en el Viceministerio con la factura respectiva, hasta seis meses después de haber recibido el servicio. El hecho de que “usted guarde silencio en ese momento no implica que esté de acuerdo con el cobro”. Si denuncia, “vamos a proceder”, dijo.

Sanciones esperadas

Marco

La Ley 453 identifica como “práctica comercial abusiva” el “cobro por productos y servicios no provistos o no solicitados”.

Multas

Dependiendo del grado de la falta o de la reincidencia, las multas pueden ir desde la devolución del monto adicional cobrado hasta un valor de entre 1.000 y 10.000 UFV, informó el viceministro de Defensa del Consumidor, Guillermo Mendoza.

Sepa más

Quienes deseen contactarse con el Viceministerio

pueden llamar al 2158900 o al 800100202

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